¿Qué es?
Una sucesión, es el proceso de trasmisión de los bienes, derechos y obligaciones de una persona que fallece.
¿Quiénes son llamados a heredar? Artículo 1040 del Código Civil.
Son llamados: Los descendientes (hijos), los hijos adoptivos, los ascendientes (padres), los padres adoptantes, la compañera o compañero permanente, los parientes colaterales (hermanos, sobrinos y otros) hasta el cuarto grado y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Clases de sucesión
En Colombia existen dos clases de sucesiones.
Sucesión Intestada:
- Se lleva cabo cuando no se ha expresado la voluntad de quien fallece por medio de testamento, o cuando el que se otorgó es nulo o pierde su validez.
- Cuando el causante no dispone de todos los bienes en el testamento,
- Cuando quien hereda mediante testamento fallece antes que el testador, es incapaz de heredar o repudia la herencia
- Se encuentra regulada por la ley, y hasta podría ir en contra de la voluntad del causante.
En esta clase de sucesión, se debe acudir al Notario cuando los herederos estén de acuerdo. Si alguno de los herederos no está de acuerdo, necesariamente se debe acudir al Juez Familia.
Sucesión Testamentaria:
Es la sucesión que reconoce la voluntad de la persona fallecida, expresada mediante testamento. En este caso deberás ir al notario para que se encargue de buscar el testamento y realizar los trámites necesarios para la repartición de la herencia de los bienes.
¿Cuáles son los órdenes para heredar?
En Colombia existen cinco órdenes para heredar, en nuestra firma de abogados si usted quiere saber si tiene derecho a reclamar una herencia, puede contactarnos y le asesoraremos en el orden que se encuentra para heredar.
Nuestro equipo de abogados estudia los títulos patrimoniales, y las condiciones necesarias para la repartición idónea de la herencia.